Policía Local
Las principales funciones que tiene encomendadas la POLICÍA LOCAL, ya sea en materia administrativa o judicial sueño:
Proteger las autoridades de las corporaciones locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con el que establecen las normas de circulación.
Instruir atestados por accidente de circulación dentro del casco urbano.
Policía administrativa, en cuanto a las ordenanzas, bandos y otras disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
Participar en las funciones de policía judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.
Prestación de auxilio, en los casos de acidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista a las leyes, en la ejecución de los planes de protección civil.
Efectuar diligencias de prevención y cuántas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecida en las juntas de seguridad.
Vigilar los espacios públicos y colaborar con las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y con la policía de las comunidades autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento de la orden en grandes concentraciones humanas, cuando sea requerido para lo cual.
Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para lo cual.